domingo, 8 de enero de 2017

NUEVO AÑO... NUEVAS NOVEDADES LABORALES


Hola Feliz año a todos!!





Este 2017 nos ha traído numerosas novedades a nivel laboral. Vamos a enumerarlas de forma resumida para entrar en materia. Espero que este 2017 nos depare leyes que apuesten por una sociedad más justa y tolerante y que las podamos analizar en FOL. 😊😊😊



1- El Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017, siendo de 707,70 € mes. Ojo!!,  hay que mirar en esta normativa la letra pequeña respecto al SMI y a los convenios colectivos, en los que en algunos casos, se deberá aplicar el SMI del 2016.

2- Revalorización de las pensiones de la S.S. que han prorrogados los presupuestos del año anterior,  y se revalorizan en un 0,25%, siendo la cuantía máxima 2573,70 €

3-Permiso de paternidad Ley 48/2015 de 29 octubre de presupuestos generales del Estado para 2016, donde establecía que el permiso de paternidad entraría en vigor el 1 de enero de 2017. El permiso se establece de 4 semanas.
4- Autonómos  haciendo  referencia a las modificaciones  realizadas por la Ley de Reformas urgentes del trabajo autonómo, así las principales medidas serían:

  • Los autónomos dejarán de cotizar por el mes completo, las altas y bajas se computarán desde el día en que se produzcan.
  • El autónomo podrá cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización, dentro de los límites mínimos y máximos que establece el reglamento.
  • Se reducen los recargos del 20% que se imponían hasta ahora por no abonar en plazo las cuotas a la Seguridad Social pasando a ser del 3, el 5 o el 10% si se abonan las cuotas debidas en el primer, segundo o tercer mes respectivamente.
  • Se amplía la cuota reducida de 50 euros para los nuevos autónomos de 6 a 12 meses. Dicha ampliación también afecta a las bonificaciones previstas para el fomento del empleo autónomo, siempre y cuando se trate de nuevas incorporaciones a la Seguridad Social. Los autónomos que opten por una base de cotización superior a la mínima que les corresponda disfrutarán de una reducción sobre la cuota.
  • Medidas para favorecer la conciliación laboral y familiar de los autónomos bonificaciones por cuidado de familiares, maternidad o riesgo durante embarazo o la lactancia. Además, se equiparan los incentivos económicos de las madres autónomas que se incorporen a su actividad en los dos años posteriores a la maternidad con los que disfrutan las trabajadoras del Régimen General.
  • Finalmente, los autónomos podrán deducirse en el IRPF los gastos de mantenimiento del vehículo hasta el 50%, equiparando así la aplicación del IVA y del IRPF para los mismos supuestos.






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